domingo, 20 de junio de 2010

Concesión en la Pesquera (Gállego)



Río Gállego en mayencos (crecidas de la primavera)

Del arroyo Pesquera

Examinado el expediente incoado a instancia de D. Francisco Aguarod, pidiendo concesión de un aprovechamiento hidráulico derivado del arroyo Pesquera, en término de Sarsa-Marcuello, con destino a usos industriales…

Resultando que…durante el plazo dado para concurso de proyectos sólo fue presentado uno por el Sr. Aguarod.

Al cual se presentó reclamación, suscrita por D. Aniceto Bailo y D. Rafael Ascoso, pidiendo sean respetados en los derechos que dicen tener al riego de tierra, y a la construcción de los pasos necesarios sobre el canal para el servicio de personas y caballerías….resultando que la División Hidráulica del Ebro informa que el aprovechamiento solicitado no afecta al plan de obras hidráulicas aprobado…

Resultando que la Jefatura de Riegos del Altoaragón informa a los efectos de la ley de 7 de Enero de 1915 y Real Decreto de 14 de Marzo del mismo año, que puede accederse sin inconveniente alguno a la concesión; pero siendo interesante para las obras a su cargo conocer con la exactitud posible, la cuantía de la alteración del régimen de caudales del río Gállego que origina la construcción del aprovechamiento solicitado, propone que se incluyan entre las condiciones a imponer las que señala a los efectos indicados…(…)

Considerando que no es razonable imponer al peticionario las condiciones que propone la Jefatura de los Riegos del Altoaragón, en relación con el establecimiento de estaciones de aforos y publicación de los datos consiguientes, por ser esto función a llenar por la Administración; y que por otra parte, no es corriente imponer condiciones análogas…(…) no hay inconveniente en acceder a lo solicitado….con sujeción a las condiciones siguientes:

1º Se concede un caudal de 200 litros derivados del arroyo Pesquera, en término de Sarsa-Marcuello y las obras se ejecutarán con arreglo al proyecto presentado por el peticionario, con un salto total disponible de 88 metros…

2º En concesionario queda obligado a ejecutar las obras necesarias para que los aprovechamientos de agua existentes en la actualidad a los que puedan afectar el que se solicita y que estén legalizados tengan siempre el caudal de derecho fijado en el registro de aprovechamiento de la Jefatura de obras Públicas de la Provincia (…)

3º El concesionario no podrá en modo alguno alterar el régimen actual de la corriente de agua que aprovecha por esta concesión en igual forma, medida ni tiempo, no pudiendo, por lo tanto, embalsar las aguas y sí sólo derivarlas en la cantidad solicitada cuando el caudal del barranco sea superior al concedido, sin que, como ya se ha dicho, tenga derecho a reclamación alguna cuando aquel sea inferior a éste.

El concesionario dejara restablecido al finalizar las obras todas las servidumbres que hay actualmente para pasos y abrevaderos de ganado, así como queda obligado a dotar a los caminos que hay hoy día de los debidos pasos sobre el canal.

4º La fuerza que resulta del salto concedido se utilizará para las aplicaciones que en el proyecto de indican debiendo devolverse íntegro al barranco el volumen de agua derivada después de racionar las turbinas y estando las aguas en igual estado de pureza que cuando se derivaran.

5º La presa se emplazará en el lugar designado en el proyecto, o sea inmediatamente después de la confluencia de tres arroyos procedentes de manantiales que dan lugar al barranco de pesquera, o sea frente a la casa de Don Aniceto Bailo (situada en al margen derecha de dicho barranco); el eje de la presa coincide con dos líneas grabadas en las márgenes pintadas de rojo, y las cuales se hallan referidas a dos cruces separadas 8´320 metros (la del la margen izquierda), y al referido edificio (esquina norte de la fachada y jamba norte de la puerta principal, a 19´15 metros una de otra), la de la margen derecha.

Todas estas señales están pintadas de rojo, hallándose las cruces de la margen izquierda a la altura de al coronación de la presa.

El canal se desarrollará por la margen derecha del barranco de Pesquera, cruzando diversas fincas monte abajo, terrenos rocosos y un arroyo de relativa importancia, para cruzar el cual se proyecta un paso superior del canal según el dibujo que acompaña al proyecto.

La casa de máquinas se construirá en una pequeña finca situada al borde del barranco de la Pesquera y al fin de un acantilado.

6º Dentro de los primeros metros del canal de derivación se construirá un vertedero de dos metros de longitud mínima, el cual se calculará de un modo que vuelva al barranco toda el agua que exceda el volumen concedido.

7º Las obras comenzarán dentro del plazo máximo de un año…y deberán terminar en el plazo de un año… (…)

10 º Esta concesión se otorga sin perjuicio de tercero y a salvo del derecho de propiedad , por el plazo de sesenta y cinco años, contados a partir del comienzo de la explotación …transcurrido este plazo revertirán al Estado todas las obras, máquinas, líneas de transporte y demás elementos de explotación pertenecientes al concesionario.(…)

17º El incumplimiento de cualquiera de estas condiciones será causa suficiente para declarar la caducidad de al concesión.

Y habiendo aceptado el concesionario las precedentes condiciones y remitido póliza de 100 peseas, de acuerdo con lo dispuesto…

Participo a V. S. para su conocimiento…

Madrid 17 de Junio de 1922
El director general Gálvez- Cañero
Señor Gobernador Civil de la provincia de Huesca


     Cuenca del Gállego desde los Mallos de Riglos (Huesca)

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