domingo, 20 de junio de 2010

Concesión del río Ara en Fiscal

Y llega la primera concesión del río Ara, con las habituales promesas de respetar derechos tradicionales que pronto se olvidarán. Estamos ante una de las primeras pruebas que demuestran el origen eléctrico del embalse de Jánovas, como luego será popularmente conocido este entramado hidráulico.

Río Ara en el término municipal de Fiscal


Ministerio de Fomento 21 Septiembre 1917
Gaceta de Madrid….Num. 264

Aguas.

Examinado el expediente incoado por D. José Durán Ventosa, solicitando la concesión de un aprovechamiento de 4.500 litros de agua por segundo del río Ara, en el término municipal de Fiscal, con destino a usos industriales.

Resultando que cuando el expediente estaba preparado  para la confrontación, pidió el interesado que se admitiera la cesión de sus derechos y obligaciones a favor de D. Mauricio Donoso Cortés, acordándolo así el Gobernador el 2 de octubre de 1913.

Resultando que el señor Donoso Cortés pidió una ampliación del aprovechamiento par utilizar 15.000 litros de agua por segundo, sin variar las características de la anterior petición, salvo las dimensiones del canal… y que nuevamente se realizó la información pública:

Resultando que se han presentado varias reclamaciones en ambos períodos de formación, una de D. Mariano Lacambra, protestando que el señor Durán haya hecho los estudios sin autorización de Guerra, y otra de varios usuarios de las aguas del río Ara, en que piden que no se conceda el aprovechamiento si les ha de causar perjuicios… Y que el peticionario contesta a estas reclamaciones que está dispuesto a respetar los aprovechamientos debidos, a juicio de la jefatura de Obras Públicas:

Resultando que los informes son favorables a la concesión siempre que se cumplan las condiciones que se proponen:
Resultando que el Sr. Donoso Cortés ha cedido sus derechos a la Sociedad Aplicaciones Industriales. Considerando que la reclamación del Sr. Lacambra no es pertinente en este expediente... y que las otras reclamaciones son aceptadas por el peticionario y se tienen en cuenta en las condiciones de la concesión, S. M. el rey (q D.G.)…ha tenido a bien otorgar la concesión solicitada por la Sociedad Anónima Aplicaciones Industriales, de 4500 litros de agua por segundo del río Ara, en término de Fiscal (Huesca), para producción de energía mediante un salto de 90’ 63 metros, con destino a usos industriales, autorizándose la imposición de servidumbre forzosa de estribo de presa y de paso de acueducto, y concediéndose también los terrenos de dominio público necesarios para las obras, con las condiciones siguientes.

1ª Las obras se ejecutarán con sujeción al proyecto presentado con fecha 1º de Noviembre de 1911….

2ª Dentro del plazo de dos años…deberá el concesionario completar el proyecto de ejecución de las obras en el que se describan razones, calculen y detallen todas las inherentes al aprovechamiento, incluso la casa de máquinas con sus turbinas y especialmente las obras indispensables para atravesar con el canal y tubería forzada la carretera de Jaca a El Grado, debiendo constar en los planos del proyecto las lindes de las fincas atravesadas, los nombres de los propietarios de ellas…

3º Si el proyecto…representara una variación de alguna importancia…será sometido a información pública y en todo caso aprobado previo informe de la jefatura de Obras Públicas.

4ª El concesionario queda obligado a dejar en la presa o en los sitios del canal de conducción que la Jefatura de Obras Públicas estime más apropiados, los caudales de agua necesarios para respetar los actuales aprovechamientos, cuya cuantía, cuando sea preciso, fijará el Ministerio de Fomento; debiendo además ejecutar y costear la Sociedad concesionaria las obras que exijan estos aprovechamientos afectados por los del proyecto, para su utilización en la forma equivalente a la que ahora se verifica, a juicio de la Jefatura de Obras Públicas de la provincia.

5º Una vez utilizadas las aguas en la casa de máquinas para la producción de fuerza motriz, deberán devolverse íntegras y en toda su pureza al río en donde se tomaron.

6º A continuación de la presa y en uan longitud mínima de 30 metros se costruirá un vertedero, cuyo proyecto detallado figurará en el de ejecución…
 7ª El plazo para dar comienzo a las obras será de cuatro años…debiendo quedar todas ellas concluidas en el término máximo de nueve años…

…..11º En garantía del cumplimiento de las presentes condiciones, el concesionario deberá antes reempezar las obras constituir un depósito del 1 por 100 del presupuesto de las que afecten al dominio público, cuyo importe le será devuelto…

13ª Esta concesión se otorga por tiempo ilimitado…

14ª Incurrirá esta concesión en caducidad por incumplimiento de cualquiera de estas condiciones. así como por el de las disposiciones generales vigentes o las que se dicten en lo sucesivo para esta clase de aprovechamiento.
15º Si el peticionario insistiera en su propósito de obtener el aprovechamiento de 15.000 litro por  segundo…vendrá obligado a presentar el correspondiente proyecto…ajustado en la Instrucción de 14 de Junio de 1883 en el cual indicará justificadamente con aforos hechos en debida forma la existencia del referido caudal, disponible y el tiempo en que dentro del año lo habrá en el cauce del río Ara.

Y habiendo aceptado las condiciones anteriores la Sociedad peticionaria y presentado póliza (que queda inutilizada en el expediente) de 100 pesetas (0´60 euros) lo que comunico a V.S. de orden del señor Ministro, para su conocimiento, el de los interesados y demás efectos, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Dios Guarde á V.S. muchos años.

Madrid, 14 de septiembre de 1917
El Director general Ruano
Señor Gobernador civil de Huesca.

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